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Washington — El Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitió la noche del 5 de marzo dos decisiones regulatorias que reconfiguran parcialmente el mapa energético bajo sanciones: por un lado, autorizó temporalmente la entrega en India de cargamentos de petróleo ruso ya embarcados y, por otro, anunció que podría aprobar licencias específicas para la reventa de petróleo de origen venezolano destinado a Cuba, siempre que esas operaciones no beneficien al Estado cubano ni a entidades sancionadas.


Las medidas fueron publicadas por la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) mediante la Licencia General 133 y una nueva pregunta frecuente (FAQ 1238), en el marco del sistema de sanciones que Washington mantiene sobre Rusia, Venezuela y Cuba.

Una licencia para cerrar operaciones con petróleo ruso

La Licencia General 133 permite completar la venta, entrega o descarga de petróleo y productos petroleros de origen ruso que ya estuvieran cargados en buques antes del 5 de marzo de 2026, siempre que el cargamento sea descargado en un puerto de India y que el comprador sea una empresa constituida bajo las leyes de ese país.

La autorización es temporal y estará vigente hasta el 4 de abril de 2026.
El permiso también cubre actividades necesarias para la operación marítima de los buques involucrados, como servicios de pilotaje, seguros, mantenimiento, reparaciones o asistencia a la tripulación.

Este tipo de licencias suele utilizarse para permitir el cierre ordenado de operaciones ya iniciadas, evitando que cargamentos en tránsito queden atrapados por nuevas restricciones regulatorias.

La novedad: regulación sobre cómo el petróleo venezolano podría terminar en Cuba

La otra decisión anunciada por OFAC es más llamativa desde el punto de vista político.


En su FAQ 1238, el organismo señaló que aplicaría una política favorable a solicitudes de licencia que busquen autorizar la reventa de petróleo de origen venezolano para uso en Cuba.


No se trata de una autorización automática, sino de un esquema bajo el cual las empresas interesadas podrían solicitar licencias específicas para realizar este tipo de operaciones.


Para ser aprobadas, las transacciones deben cumplir varias condiciones:

  • Ser consistentes con los términos de la Licencia General 46A, que regula operaciones con el petróleo venezolano.

  • Garantizar que ninguna entidad del gobierno cubano, las fuerzas armadas o servicios de inteligencia participen o se beneficien de la operación.

  • Excluir empresas incluidas en la Cuba Restricted List y a las instituciones financieras cubanas.

  • Asegurar que los pagos o transacciones financieras pasen por instituciones financieras estadounidenses o no involucren entidades vinculadas con el gobierno cubano.

Según OFAC, el objetivo sería permitir operaciones que beneficien al pueblo cubano o al sector privado de la isla, incluyendo actividades comerciales independientes o usos humanitarios.

Señal política hacia el mercado energético

La posibilidad de autorizar reventas de petróleo venezolano hacia Cuba representa un giro interesante dentro del régimen de sanciones estadounidense.


Históricamente, Washington ha intentado restringir el suministro energético hacia la isla, especialmente el proveniente de Venezuela, que durante años sostuvo gran parte del consumo energético cubano.


El nuevo enfoque no elimina esas restricciones, pero introduce una lógica distinta: permitir ciertas operaciones siempre que no fortalezcan al aparato estatal cubano y se realicen bajo supervisión financiera estadounidense.


Al mismo tiempo, el sistema de licencias que regula el petróleo venezolano sugiere un objetivo más amplio: reorganizar la comercialización de ese crudo dentro de canales financieros y comerciales controlados por el sistema occidental.


En ese esquema, Estados Unidos no bloquea completamente el flujo del petróleo venezolano, pero sí establece condiciones sobre quién puede comprarlo, cómo se paga y a qué destinos puede llegar.


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