El Departamento del Tesoro de Estados Unidos, a través de la Office of Foreign Assets Control (OFAC), emitió este 5 de mayo de 2026 la Licencia General N.º 58, una medida que abre un espacio limitado para avanzar en el análisis de una eventual reestructuración de la deuda de Venezuela, sin autorizar aún su ejecución.
La disposición permite que firmas legales, asesores financieros y consultoras internacionales presten servicios al gobierno venezolano —incluida Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA)— en actividades relacionadas con la evaluación y diseño de escenarios de reestructuración. Esto incluye la preparación de propuestas, análisis técnico de deuda y elaboración de materiales de apoyo.
Sin embargo, el alcance de la licencia es deliberadamente restrictivo.
Un paso técnico, no político
El texto prohíbe explícitamente cualquier acción que implique avanzar hacia una reestructuración efectiva. No se permiten negociaciones directas con acreedores, ni acuerdos de reestructuración, transferencia o liquidación de deuda. En la práctica, esto significa que los actores financieros pueden “preparar el terreno”, pero no concretar ninguna operación.
La medida se enmarca dentro del régimen de sanciones vigente bajo la Executive Order 13884, que mantiene bloqueados los activos del Estado venezolano y restringe su acceso a los mercados internacionales.
Límites financieros y geopolíticos
La licencia también impone condiciones estrictas sobre los pagos por servicios. Se prohíben esquemas no comerciales, así como compensaciones en oro o en activos digitales emitidos por el gobierno venezolano, como el petro.
Además, se excluye cualquier transacción que involucre a personas o entidades vinculadas con países como Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o China, lo que introduce un componente geopolítico explícito en la medida.
Tampoco se permite operar con individuos o empresas incluidas en la lista de sancionados de OFAC (SDN List), salvo excepciones específicas para PDVSA y sus filiales.
Sin desbloqueo de activos
Otro punto clave es que la licencia no implica el levantamiento de sanciones ni el desbloqueo de activos. Cualquier propiedad o interés bloqueado bajo la normativa vigente permanece bajo las mismas restricciones.
Obligación de transparencia
Las empresas que participen en estos procesos deberán notificar a las autoridades estadounidenses. En concreto, deberán enviar copia de los contratos firmados a organismos del gobierno de EE.UU. dentro de los diez días hábiles siguientes a su ejecución.
Señal de cautela
Más que una flexibilización plena, la Licencia General N.º 58 parece ser una señal de cautela. Washington permite iniciar trabajos técnicos que podrían facilitar una eventual reestructuración de deuda, pero mantiene intacto el control político sobre cualquier avance concreto.
En un contexto de deuda en default desde 2017 y con un sistema financiero prácticamente aislado, la medida podría reactivar el interés de actores internacionales en el caso venezolano. Sin embargo, mientras no se autoricen negociaciones formales ni acuerdos, el impacto seguirá siendo, por ahora, preparatorio.
La decisión deja claro que cualquier proceso de reestructuración dependerá, en última instancia, de un cambio en las condiciones políticas que hoy siguen condicionando la política de sanciones de Estados Unidos hacia Venezuela.







